Ante el incumplimiento del padre, la Justicia dispuso que otros familiares se hagan cargo del sostenimiento económico de las menores, en línea con lo que prevé la ley.
En Neuquén, los tíos paternos de dos niñas deberán abonar el 70% de la cuota alimentaria, tras el incumplimiento reiterado del padre de las menores.
La decisión judicial se fundamentó en el principio de solidaridad familiar y en el interés superior del niño, criterios contemplados en el derecho de familia argentino.
La resolución fue adoptada por la jueza de Familia de la IV Circunscripción, Eliana Fortbetil, quien consideró que el sistema legal prevé mecanismos de contención dentro del ámbito familiar ampliado.





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